Ley Núm. 17 de 30 de marzo de 2017
Coorporación para la Promoción de Puerto Rico como Destino, Creación
(c) Realizar investigaciones y colaborar con los organismos gubernamentales pertinentes para desarrollar y llevar cuenta de aquellas estadísticas que le permitan llevar a cabo sus responsabilidades, objetivos y propósitos de la forma más eficiente y efectiva. A esos efectos, la Corporación compartirá con la Compañía de Turismo, el Gobernador y la Asamblea Legislativa toda estadística de turismo que obtenga o genere así como el resultado de toda investigación que realice o contrite.