Propósitos de la "Oficina de Cafés de Puerto Rico",
Sección 1.04.- Se crea la Junta Asesora de la Oficina de Cafés de Puerto Rico la cual estará compuesta por nueve (9) miembros ad honorem que se distribuyen de la siguiente forma: el Director de la Oficina, un representante que será recomendado por el Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor, tres (3) representantes de los caficultores que serán recomendados por la Asociación de Agricultores de Puerto Rico y recomendados al gobernador por el Secretario, dos (2) representantes de los beneficiadores compradores, dos (2) representantes de los torrefactores. La Junta rendirá un informe anual al Secretario de Agricultura y al Senado de Puerto Rico antes del 30 de abril de cada año, en dicho informe se presentarán los acuerdos, recomendaciones y avances de su gestión.
Sección 1.06.- Los funcionarios de la Oficina tendrán la capacidad de apoyar, promover, registrar datos y estadísticas. También tendrán facultad para colaborar con las Agencias que el Secretario determine, lograr que las personas naturales o jurídicas que de una manera u otra participen, ayuden, financien, colaboren, en la siembra, cultivo y cosecha de café puedan desarrollar sus negocios de manera eficiente con miras al aumento en el volumen y la productividad para la sustentabilidad económica del cafetal.
Se crea la Oficina de Cafés de Puerto Rico en el Departamento de Agricultura con el propósito de desarrollar la industria de café en Puerto Rico y registrar datos y estadisticas relacionadas a la siembra y la cosecha del café. La Junta rendirá un informe anual.